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Boadilla
/ 24 noviembre 2024

Ayudas por nacimiento y manutención: abierto el plazo de solicitud

Ayudas por nacimiento y manutención: abierto el plazo de solicitud

Las ayudas anuales que el Ayuntamiento de Boadilla ofrece por nacimiento, adopción y manutención de niños menores de 3 años pueden empezar a solicitarse desde mañana 9 de febrero y durante los siguientes 30 días naturales, hasta el 10 de marzo inclusive.

Estas ayudas, cuya convocatoria ha publicado hoy el BOCM, se otorgan a los menores nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y, en el caso de la manutención, a los nacidos en los años 2015, 2016, 2017 y 2018.

CUANTÍAS A PERCIBIR

Las cuantías máximas a percibir, en función del número de solicitudes presentadas, serán las siguientes:

Ayuda general: por nacimiento o adopción, hasta 700 euros, y de manutención, hasta 350 euros anuales hasta que el niño cumpla 3 años.
Ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales: por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros y hasta 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de de hasta 1.300 y 1.000 euros respectivamente.

Las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33% recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención.

Como familias monoparentales se entienden las «constituidas por un progenitor o tutor y al menos un menor, en donde la reponsabilidad familiar recae únicamente sobre esa persona adulta», quedando expresamente excluidos de este supuesto los regímenes o acuerdos de custodia compartida.

REQUISITOS

Los requisitos para poder acceder a las ayudas son los siguientes:

  • Ser español o extranjero con residencia legal en España.
  • Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en el domicilio de residencia legal, en Boadilla del Monte, durante año consecutivo, inmediato anterior al primer día del periodo subvencionable, es decir, a 1 de enero del 2017.
  • Ser propietario o inquilino de una vivienda en Boadilla del Monte. En caso de no ser titular o inquilino de la vivienda en la que se reside será necesario presentar una declaración jurada de que no se es titular de vivienda alguna en todo el territorio
  • Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con fecha 10 de marzo de 2019, último día para presentar la soliciud.

SOLICITUD

Las ayudas pueden solicitarse presencialmente, de forma telemática -a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento con el certificado digital-, o de manera semipresencial, lo que exige acudir al Ayuntamiento solo a firmar la solicitud.

Para hacerlo presencialmente es necesario descargar de la web el modelo de solicitud de esta convocatoria y rellenar dos copias. Igualmente puede recogerse en la sede administrativa del Ayuntamiento (Juan Carlos I, 42), en la sede institucional (Plaza de la Villa, 1) o en el Centro de Formación (Victoria Eugenia de Battenberg, 10).Las solicitudes pueden presentarse en el Registro del Ayuntamiento (Juan Carlos I, 42), en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas y los jueves de 9:00 a 17:00 horas.

Cualquier duda puede aclararse en la Concejalía de Familia, situada en el Centro de Formación (Victoria Eugenia de Battenberg, 10), a través del teléfono 91 128 35 10 o en el correo concejaliafamilia@aytoboadilla.com.

La información de la convocatoria puede consultarse la página web de Boadilla.

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