El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Bonanza contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 20 de octubre de 2015 por el que se aprobaba el Plan General de Ordenación Urbana de Boadilla del Monte. La sentencia impone además el pago de las costas procesales a los demandantes.
LA SENTENCIA
El Tribunal rebate las distintas alegaciones del recurso presentado determinando que:
– Es correcta la edificabilidad establecida en el Plan General en la que no se ha producido incremento alguno. Señala además el error del recurrente al calcular los datos sobre la edificabilidad de la zona.
– No hay disminución de zonas verdes y espacios libres
– Las dotaciones previstas en el Plan General de Ordenación Urbana en el ámbito de Bonanza son equilibradas.
– Son lícitas las condiciones particulares sobre gestión urbanística previstas en el ámbito de Bonanza . En este sentido, el Tribunal destaca que el Ayuntamiento ha tenido en cuenta de forma adecuada todas las previsiones legales.
– Los recursos están garantizados así como las infraestructuras necesarias para la urbanización Bonanza. Los demandantes no han podido probar insuficiencia alguna en esta cuestión.
– Son adecuados los informes de impacto acústico y tráfico; los niveles sonoros previstos en los terrenos de este ámbito son compatibles con los objetivos de calidad requeridos.
– Respecto a los usos terciarios y comerciales del sector de Valdecabañas, la sentencia señala que el área cumple con todos los estándares mínimos previstos en la legislación.
Con esta última sentencia, el Ayuntamiento de Boadilla ha ganado en los tribunales todos los recursos que se presentaron contra el PGOU, incluido el del propio consistorio ante el Tribunal Supremo – que este aceptó- contra la sentencia del TSJM que anulaba el Plan por carecer de informe de impacto de género.