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Boadilla
/ 6 noviembre 2025

Menor tramitación y mayores bonificaciones en el IBI para los vecinos que implanten placas fotovoltaicas

Menor tramitación y mayores bonificaciones en el IBI para los vecinos que implanten placas fotovoltaicas

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha redactado una nueva instrucción para fomentar y facilitar la instalación de placas fotovoltaicas. Figura el aumento de la bonificación en el IBI para los vecinos que lo hagan. Esta bonificación, que actualmente es del 40 % durante tres años, pasa a ser del 45 % en ese mismo periodo de tiempo.

Para acceder a la bonificación, el interesado deberá presentar un certificado que garantice que la instalación ha sido realizada por un instalador autorizado por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid o un certificado de instalación eléctrica emitido por la empresa instaladora habilitada al efecto.

Además, ha redactado una nueva instrucción para facilitar la instalación de placas fotovoltaicas, agilizando la tramitación y aumentando la bonificación en el IBI para los vecinos que lo hagan.

AMPLIACIÓN BONIFICACIONES FISCALES

En 2020, con el fin de paliar las dificultades económicas derivadas de la pandemia, el Ayuntamiento amplío las bonificaciones fiscales de las que ya disfrutaban los vecinos. Estas fueron:

  • En el IVTM para los vehículos menos contaminantes, que pasó a ser del 75 % durante los cinco primeros años y del 60 % durante los dos siguientes.
  • En el IAE se bonificó el 25 % en el tramo local a todas las empresas del municipio.
  • En el IBI para familias numerosas de categoría general, se pasó a una bonificación de entre el 50 % y el 80 %, según valor catastral del inmueble (anteriormente era de entre el 35 % y el 65 %). Para las familias numerosas de categoría especial, por su parte, la bonificación  era de entre el 45 % y el 90 % y actualmente es de entre el 55 % y el 90 %, también según el valor catastral.

Además de estas bonificaciones, los vecinos de Boadilla siguen disfrutando de la supresión de las tasas de basura y de vado.

CADA VECINO AHORRARÁ 326 EUROS

Entre 2019 y 2023, el Ayuntamiento habrá dejado de ingresar por la bonificación fiscal  un total de 20.850.720 euros, lo que supone que cada vecino se ahorrará 325,79 euros en ese periodo.

Las cantidades que se dejarán de percibir, según cada impuesto: 

  • En el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI): 7.538.424 euros. De este importe, 1.069.290 euros se corresponden con la bonificación  por instalación de placas fotovoltaicas.
  • En el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): 9.754.090 euros.
  • En el Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU): 3.122.025 euros.
  • En el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): 84.699 euros.
  • En el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): 376.000 euros.

Las novedades que aporta la instrucción son las siguientes:

En la tramitación:

  • La documentación para obtener la autorización de la Concejalía de Urbanismo se presentará solo al inicio del expediente.
  • Se elimina la fianza por gestión de residuos en instalaciones de menos de 10 Kw al considerar que los que generan son de tipo doméstico, comprometiéndose el interesado en la Declaración Responsable a su depósito en los contenedores o puntos limpios municipales habilitados para ello.
  • Una vez informado el expediente y al término de la obra, se presentará el certificado que garantice que la instalación ha sido realizada por un instalador autorizado por la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid o certificado de instalación eléctrica emitido por empresa instaladora habilitada al efecto. Esto servirá para tramitar la bonificación en el IBI, que pasa del 40 % al 45 % durante tres años.

En su colocación en edificios o parcelas, siguiendo las consideraciones del IDAE,  se adoptan las siguientes medidas:

  • Se prima la eficiencia energética y se determinan las condiciones preferentes desde un punto de vista arquitectónico, de tal forma que se facilite la instalación, sin limitar el espacio de ocupación ni el número máximo de placas a instalar.
  • Los paneles deberán instalarse, preferiblemente, en hileras, con alturas de un solo panel.  Se recomienda una distribución armónica de los módulos en todo el tejado; solo en caso de necesitar mayor ocupación de la que se dispone, se permitirá superponer las hileras a favor de asegurar el rendimiento de la instalación.
  • También se permite su colocación en pérgolas y elementos auxiliares sin que se considere un mayor aumento de ocupación ni edificabilidad.
  • Se recuerda que las placas fotovoltaicas también se pueden colocar en fachadas y en espacios libres de las parcelas.

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