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Boadilla
/ 24 noviembre 2024

Abierto el plazo de alegaciones para las ayudas de nacimiento y manutención

Abierto el plazo de alegaciones para las ayudas de nacimiento y manutención

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha inaugurado el periodo para presentar observaciones a la resolución provisional de las ayudas al nacimiento y la manutención de menores de tres años. Desde el 12 de enero hasta el 25 de enero, se brinda la oportunidad de presentar alegaciones tras la revisión de la documentación, con el objetivo de subsanar aquellas que se encontraban incompletas o defectuosas.

De las 977 solicitudes tramitadas, 188 no se han propuesto para subvención, por las diversas razones. 166 no cumplían el requisito de padrón, mientras que 11 no eran objeto de la convocatoria. Dos de ellas no se han admitido por estar fuera de plazo y 13 por tener deuda municipal.

Por su parte, la denegación de otras dos solicitudes se debe a duplicidad en la petición. Las 110 solicitudes restantes se han considerado desistidas por no haber atendido los requerimientos de subsanación. En total, se han propuesto de forma provisional como beneficiarias de la subvención 668 solicitudes.

Ayudas al nacimiento en Boadilla

Cuantías máximas

Las cuantías máximas para la ayuda general, ya sea por nacimiento o adopción, son de hasta 700 euros, mientras que para manutención el límite es de 350 euros. En el caso de las ayudas destinadas a familias numerosas de categoría general y monoparentales, la asistencia por nacimiento o adopción puede llegar hasta los 1.000 euros, y para la manutención, el tope se establece en 700 euros.

Para las familias numerosas de categoría especial, la ayuda por nacimiento o adopción se eleva a un máximo de 1.300 euros, y para la manutención, la cifra máxima es de 1.000 euros. Por otro lado, las familias con menores con discapacidad superior al 33% reciben un pago único de 2.000 euros por nacimiento o adopción, y hasta 1.000 euros por manutención. Si además pertenecen a una familia numerosa, tienen derecho a un pago único adicional de hasta 1.500 euros anuales por concepto de manutención.

Las alegaciones, que se referirán a las cuantías concedidas en cada caso, se pueden presentar de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica. La resolución provisional puede consultarse en el siguiente enlace.

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