15.8 C
Boadilla
/ 23 octubre 2025

Abierto el plazo para subsanar solicitudes incompletas de las ayudas al nacimiento y manutención

Abierto el plazo para subsanar solicitudes incompletas de las ayudas al nacimiento y manutención

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha abierto este martes el plazo para subsanar las solicitudes defectuosas o incompletas de las ayudas al nacimiento y manutención correspondientes a la convocatoria 2025 (periodo subvencionable 2024).

Los solicitantes que figuren en el listado publicado por el Consistorio deben revisar los códigos de error asociados a su expediente y aportar la documentación indicada en cada caso. En los supuestos en los que aparezcan varios códigos, será necesario incluir todos los documentos erróneos o pendientes.

Estas incidencias pueden deberse a archivos caducados, sin firma, incompletos o ilegibles, entre otros motivos.

Cómo presentar la documentación

La documentación de subsanación deberá presentarse junto con la instancia correspondiente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en el Registro Municipal, en horario de 9:00 a 19:00 horas, dentro del plazo de 10 días hábiles, que finaliza el 4 de noviembre.

En el apartado SOLICITA, debe indicarse lo siguiente: “Revisión expte: AYUDAS AL NACIMIENTO Y MANUTENCIÓN. CONVOCATORIA 2025. PERIODO SUBVENCIONABLE 2024.” Si la documentación requerida no se presenta dentro del plazo establecido, la petición se entenderá desistida.

Códigos de error más comunes

  • CÓDIGO 99: Oposición a la consulta de datos.
    En este caso, deberá aportarse la documentación de ambos progenitores, incluyendo certificados de padrón, Agencia Tributaria (AEAT), Seguridad Social y Recaudación Municipal.
    Para obtener este último, es necesario enviar un correo a recaudacion@aytoboadilla.com indicando los datos de ambos progenitores, copia del DNI y un escrito explicando la oposición a la consulta.
    Si el código se ha asignado por error, ambos progenitores deberán presentar un escrito de autorización expresa para la consulta de sus datos en esos organismos.
  • CÓDIGO 100: Padrón Municipal.
    El solicitante deberá resolver la incidencia directamente en el departamento de Padrón (por ejemplo, si la hoja padronal está bloqueada o contiene datos incorrectos). Posteriormente, deberá adjuntar el documento corregido en el formulario correspondiente dentro del plazo de subsanación.

Información adicional

Para consultas o aclaraciones no recogidas en las bases de la convocatoria, los interesados pueden dirigirse al correo concejalíafamilia@aytoboadilla.com, aunque este canal tiene carácter exclusivamente informativo y no admite la entrega de documentación.

COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

ARTÍCULOS RELACIONADOS