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/ 25 noviembre 2024

Ya se pueden solicitar las ayudas por nacimiento, adopción y manutención

Ya se pueden solicitar las ayudas por nacimiento, adopción y manutención

Las ayudas por nacimiento, adopción y manutención de niños menores de 3 años que el Ayuntamiento de Boadilla ofrece anualmente podrán solicitarse a partir de este martes y durante los siguientes 30 días naturales (hasta el 11 de abril inclusive).

Las ayudas se otorgan a los menores nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y, en el caso de la manutención, a los nacidos en 2014, 2015, 2016 y 2017.

Como ya ocurrió en la convocatoria del pasado año, las familias monoparentales recibirán las mismas cuantías que las familias numerosas de categoría general, entendiendo por monoparentales aquellas «familias constituidas por un progenitor o tutor y al menos un menor, en donde la reponsabilidad familiar recae únicamente sobre esa persona adulta», quedando expresamente excluidos de este supuesto los regímenes o acuerdos de custodia compartida.

Las cuantías máximas a percibir, en función del número de solicitudes presentadas, serán de hasta 700 euros por nacimiento o adopción en ayuda general y de hasta 350 anuales por manutención hasta que el niño cumpla 3 años.

En la categoría de ayudas a familias numerosas de categoría general y/o monoparentales, por nacimiento o adopción, hasta 1.000 euros y 700 euros al año por manutención; para las familias numerosas de categoría especial, el importe será de 300 euros más en ambos conceptos, es decir, hasta 1.300 y 1.000 euros respectivamente.

Por su parte, las familias con menores a su cargo con algún tipo de minusvalía en grado superior o igual al 33 por ciento recibirán un pago único de hasta 2.000 euros y una asignación de hasta 1.000 euros anuales por manutención. Si además son familia numerosa la ayuda puede ascender a 3.000 euros en un pago único y hasta 1.500 más al año por manutención. En el caso de las adopciones, se computará la fecha en la que se ha producido la misma, independientemente de la edad que tenga el menor.

Para poder acceder a las ayudas habrá que cumplir una serie de requisitos, como ser español o extranjero con residencia legal en España. Además, todos los miebros de la unidad familiar deberán estar empadronados y residir en Boadilla durante un año consecutivo, inmediato anterior al primer día del periodo subvencionable, es decir, a 1 de enero del 2016. Deberán ser propietarios o inquilinos de una vivienda en la localidad. En caso de no ser titular o inquilino del inmueble será necesario presentar una declaración jurada de que no se es titular de vivienda alguna en todo el territorio español, además de acreditar fehacientemente la convivencia del familiar en primer grado titular o inquilino de la vivienda.

Por último, todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, con fecha 11 de abril de 2018, último día para presentar la soliciud.

SOLICITUD

Otra de las novedades es la posibilidad de tramitar la petición de ayuda de forma semipresencial, es decir, acudiendo al Ayuntamiento únicamente a firmar la solicitud que previamente se ha tramitado por la sede electrónica. Esta modalidad está destinada a personas que no disponen de firma electrónica o no pueden usarla en sus dispositivos.

En cualquier caso, las ayudas pueden solicitarse presencialmente, para lo que es necesario descargar de la web el modelo de solicitud de esta convocatoria y rellenar dos copias. Igualmente puede recogerse en la sede administrativa del Ayuntamiento, en la sede institucional o en el Centro de Formación.

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